Descanso diario tacografo

561/2006 español

Los operadores deben descargar los datos de la unidad intravehicular al menos cada 90 días naturales. Los operadores deben descargar los datos de las tarjetas de conductor al menos cada 28 días naturales. Los operadores deben realizar controles regulares utilizando los datos para garantizar el cumplimiento. Los operadores deben ser capaces de proporcionar registros a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de los últimos 12 meses.

Las leyes que regulan las horas de los conductores en las regiones del Reino Unido y de la UE/AETR son complicadas. Los conductores y los operadores deben conocer los detalles específicos de la legislación para asegurarse de que sus patrones de trabajo individuales se cumplen. Al final de esta página se ofrecen enlaces a una guía más detallada. Las normas sobre el horario de los conductores que se enumeran aquí son sólo un ejemplo de lo que normalmente se exige a los vehículos de mercancías en el Reino Unido.

Los conductores no deben conducir durante más de 4,5 horas sin hacer una pausa, o iniciar un período de descanso más largo. Se requieren pausas de al menos 45 minutos después de no más de 4,5 horas de conducción. Una sola pausa de 45 minutos puede seguir a un periodo de no más de 4,5 horas de conducción, o el mismo periodo de conducción puede interrumpirse con una pausa de 15 minutos primero, y de 30 minutos después, al final del periodo de conducción, para completar los 45 minutos de pausa requeridos.

  Descanso tacografo diario

Reglamento sobre el tiempo de conducción en la UE

Esto no quiere decir que las normas del tacógrafo sean fáciles de entender. Ciertamente son difíciles de asimilar a primera vista; el texto completo de las normas de la UE sobre tacógrafos puede encontrarse aquí. Para complicar aún más las cosas, los conductores también están obligados a cumplir el Reglamento de Transporte por Carretera (Tiempo de Trabajo) de 2005.

Por ello, hemos decidido elaborar una breve guía de los aspectos más importantes de estas normas sobre tacógrafos para los conductores y el personal de las flotas de camiones, aunque hay que basarse en las normas completas a la hora de tomar decisiones. Aquí vamos:

El conductor debe hacer al menos 45 minutos de pausas cada 4,5 horas de conducción, a menos que se tome un período de descanso. Puede tratarse de una única pausa de 45 minutos, o de una única pausa de 15 minutos seguida de una única pausa de 30 minutos.

Puede tomarse un período de descanso diario en un viaje en tren o ferry de no menos de 11 horas, pero puede interrumpirse como máximo dos veces por actividades que no superen una hora en total. El conductor debe tener acceso a una litera durante todo el periodo.

En caso de doble jornada, el conductor debe tomar un nuevo descanso diario de no menos de 9 horas dentro de las 30 horas siguientes al final del último período de descanso diario o semanal. La presencia del conductor de refuerzo sólo es opcional durante la primera hora de conducción; después, es obligatoria.

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Tacho completo

Utilice las comillas para buscar una “frase exacta”. Añada un asterisco (*) a un término de búsqueda para encontrar variaciones del mismo (transp*, 32019R*). Utilice un signo de interrogación (?) en lugar de un solo carácter en su término de búsqueda para encontrar variaciones del mismo (ca?e encuentra case, cane, care).

Reglamento (CE) nº 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nº 3821/85 y (CE) nº 2135/98 del Consejo y se deroga el Reglamento (CEE) nº 3820/85 del Consejo (DO L 102 de 11.4.2006, pp. 1-14).

Reglamento (UE) nº 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera y se modifica el Reglamento (CE) nº 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera (DO L 60 de 28.2.2014, pp. 1-33).

Ec no 561 2006

Con la introducción de la CE 561/2006, esta página contiene los elementos de la legislación que entraron en vigor el 11 de abril de 2007. En la medida de lo posible, hemos tratado de reflejar con la mayor exactitud posible la información relativa a los cambios y hemos procurado resumirla en un formato breve pero conciso, con contenido pictórico que sirva de ayuda cuando sea necesario.

  Descanso tacografo diario

El descanso es un periodo ininterrumpido en el que el conductor puede disponer libremente de su tiempo. El tiempo de trabajo en otro empleo o bajo obligación o instrucción, independientemente del tipo de ocupación, no se puede contabilizar como descanso, incluido el trabajo cuando se es autónomo.

Después de un período de conducción no superior a 4,5 horas, el conductor debe tomar inmediatamente una pausa de al menos 45 minutos, a menos que se tome un período de descanso. Una pausa así tomada no debe ser interrumpida. Por ejemplo:

Una pausa es cualquier período durante el cual un conductor no puede realizar ninguna conducción ni ningún otro trabajo y que se utiliza exclusivamente para recuperarse. La pausa puede tomarse en un vehículo en movimiento, siempre que no se realice ningún otro trabajo.

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