La economía del trabajo viene a por ti
Los trabajadores deben tener un “acceso razonable” a los baños y aseos. Los empleadores no pueden restringir el uso de los baños o aseos a horarios rígidos (por ejemplo, sólo durante las pausas programadas), ni imponer restricciones de uso de tiempo irrazonables. Las pausas para ir al baño se pagan como horas trabajadas. (Directiva 5.98 del DOSH)
Todos los trabajadores deben recibir un período de comida de al menos 30 minutos por cada 5 horas trabajadas. Si trabajan más de 11 horas en un día, deben recibir un período de comida adicional de al menos 30 minutos.
Los empleados que deben trabajar o permanecer en servicio durante la pausa para comer siguen teniendo derecho a 30 minutos totales de comida, excluyendo las interrupciones. El periodo de comida debe pagarse en su totalidad, independientemente del número de interrupciones.
El buen comienzo: crear una cultura de seguridad para los jóvenes trabajadores
como para organizarse y afiliarse a sindicatos u otras asociaciones. (Conferencia de Obispos Católicos de Estados Unidos, Un marco católico para la vida económica, no. 5)El trabajo es, como se ha dicho, una obligación, es decir, un deber, por parte del hombre. .
El trabajo es un bien para el hombre -un bien para su humanidad- porque a través del trabajo el hombre no sólo transforma la naturaleza, adaptándola a sus propias necesidades, sino que se realiza como ser humano y, de hecho, en cierto sentido, se convierte en “más ser humano”. (San Juan Pablo II, Sobre el trabajo humano [Laborem Exercens], nº 9)
Derechos laborales — Trabajadores invitados H-2A en el Estado de Washington
Morsink, Johannes. “Artículo 24. Derechos al descanso y al ocio”. Artículo por artículo: La Declaración Universal de los Derechos Humanos para una nueva generación, Filadelfia: University of Pennsylvania Press, 2022, pp. 152-154. https://doi.org/10.9783/9780812298130-029
Morsink, J. (2022). Artículo 24. Rights to Rest and Leisure. En Article by Article: La Declaración Universal de los Derechos Humanos para una nueva generación (pp. 152-154). Filadelfia: University of Pennsylvania Press. https://doi.org/10.9783/9780812298130-029
Morsink, J. 2022. Artículo 24. Derechos al descanso y al ocio. Artículo por artículo: La Declaración Universal de los Derechos Humanos para una nueva generación. Filadelfia: University of Pennsylvania Press, pp. 152-154. https://doi.org/10.9783/9780812298130-029
Morsink, Johannes. “Article 24. Rights to Rest and Leisure” En Article by Article: La Declaración Universal de los Derechos Humanos para una nueva generación, 152-154. Filadelfia: University of Pennsylvania Press, 2022. https://doi.org/10.9783/9780812298130-029
Situación laboral: Lo que su empresa debe saber
La Ley 83/2021, de 6 de diciembre de 2021, que entró en vigor el 1 de enero de 2022, modificó el marco del teletrabajo establecido en el Código de Trabajo portugués (PLC) e impuso al empresario el deber de abstenerse de contactar con los trabajadores fuera de la jornada laboral habitual.
Una de las cuestiones iniciales que se plantean es si podemos considerar que, al hablar de un deber de abstención de contacto por parte del empresario y de un derecho de desconexión del trabajador, estamos hablando de lo mismo. La respuesta debe ser negativa, aunque sus consecuencias prácticas sean similares.
La falta de claridad del nuevo artículo 199-A de la LPL crea problemas prácticos que no son fáciles de resolver, lo que dificulta su aplicación efectiva. En lo que respecta al trabajador, el legislador optó por no referirse a un derecho de desconexión, sino a su derecho a un período de descanso, que se entiende aquí como el período en el que el trabajador no está obligado contractualmente a permanecer disponible para la prestación de trabajo (lo que excluye las situaciones de trabajo en horas extraordinarias o de guardia, por ejemplo).